Se dictaminó la primera sentencia efectiva por “pornovenganza” en Argentina
Por Celeste Acosta, 12:2 Hs. Lectura aprox.: 2 min.El tatuador Patricio Pioli fue condenado a cinco años de prisión bajo la figura de coacción y lesiones leves calificadas tras las reiteradas denuncias de su ex pareja por violencia de género y difusión sin consentimiento de imágenes íntimas.
Conocido como ‘el tatuador’, el sanjuanino deberá además afrontar el pago de las costas del juicio según lo resuelto por el Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional. Según informó el Poder Judicial de La Rioja, para los jueces fue claro "que todas estas situaciones de violencia y hostigamiento hacia la víctima provocaron en ella un daño psicológico, un daño o quiebre en su salud mental caracterizado, entre otras, por sensación de desamparo, desvalimiento y sensación de encontrarse en situación de peligro real, perdiendo la confianza y seguridad en sí misma".
La víctima, Paula Sánchez Frega, presentó denuncias por violencia de género y amenazas de difusión de material íntimo en 2017 tras la ruptura con el acusado en 2016. Sus pedidos de ayuda fueron abordados desde la problemática de violencia de género. Se comprobaron los abusos permanentes del acusado contra ella y sus mascotas además de violencia psicológica.
A diferencia del grooming, la sextorsión o pornovenganza no es parte del Código Penal por lo que esta resolución es clave para poder tipificarlo como delito informático. Además, se marcó jurisprudencia porque este caso es el primero en llegar a la instancia de juicio oral. La Justicia ordenó además destruir los objetos tecnológicos secuestrados que podrían facilitar la difusión no consentida de imágenes de la víctima conforme la Ley de Protección Integral hacia las mujeres.
El acusado fue trasladado al Servicio Penitenciario Provincial para el cumplimiento de la condena. Al escuchar la sentencia, Paula enunció: "Estoy muy conforme con la sentencia, se terminó el calvario de denunciar”.